Cuando se contrata un préstamo hipotecario para la compra o rehabilitación de la vivienda
habitual, es importante conocer los beneficios fiscales vigentes en cada momento.
La legislación vigente establece una deducción en la cuota del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas (I.R.P.F.) por inversión en vivienda habitual.
La deducción se calcula aplicando el porcentaje que indique la ley en cada caso sobre las
cuotas del préstamo pagadas durante ese año.
Algunas comunidades autónomas establecen ayudas complementarias, pero para
cualquier duda se recomienda consultar a la Agencia Tributaria.
¡Importante!
El Gobierno ha anunciado la eliminación de la deducción por vivienda habitual
para las nuevas adquisiciones de viviendas a partir del año 2013.
La normativa fiscal cambia constantemente y es muy importante tener en
cuenta que la fiscalidad que tiene cualquier producto financiero cuando lo
contratamos puede variar con el tiempo.