Normalmente se pactan previamente las condiciones por las cuales se puede modificar
el sistema de pago de la hipoteca mediante pagos anticipados de parte o de toda la
deuda pendiente (lo que se conoce como cancelación anticipada parcial en el primer
caso o total en el segundo caso).
En ambos casos, debemos tener en cuenta las comisiones bancarias que hayamos firmado
en el contrato del préstamo. La cancelación anticipada parcial puede tener dos efectos
distintos, según se pacte con el banco:
- o disminuye el importe de las cuotas periódicas pendientes (se paga menos).
- o adelanta la fecha del vencimiento del préstamo (se acaba antes).