A veces hay un poco de confusión sobre qué seguros nos obligarán a contratar junto
con la hipoteca, pero es muy importante tener clara la diferencia entre lo que puede ser
recomendable y lo que es obligatorio.
El único seguro que suele ser obligatorio cuando contratamos una hipoteca es el seguro
del hogar, pero limitado al seguro de daños por incendio, inundación y derrumbamiento
y por tanto no es necesario (otra cosa es la valoración de si es deseable) contratar un
seguro del hogar completo que incluya el contenido de la vivienda. Además, tampoco
tenemos por qué contratar el seguro con el banco que nos concede la hipoteca, sino que
podemos hacerlo con cualquier otra aseguradora.
A partir de aquí y según la ley española, no hay otros seguros que sean obligatorios,
pero en la práctica la mayoría de bancos condicionan la otorgación de un préstamo
hipotecario a que el cliente suscriba otros seguros, sobretodo un seguro de vida.
La razón para contratar un seguro de vida es que en caso de fallecimiento el seguro cubre
la cantidad pendiente de devolver del préstamo y no se trasladaría la responsabilidad de
la deuda a nuestros herederos.
¡Importante!
Es habitual que los bancos, como garantía adicional a su favor, exijan al
cliente la firma de un seguro de vida ligado a la hipoteca. A este respecto,
hemos de tener en cuenta varios factores. En primer lugar, es posible que las
condiciones generales de estos seguros no sean las óptimas. Por otro lado,
se contratan bajo una prima única, que significa que el cliente paga todo el
importe del seguro de una sola vez y por adelantado, lo que puede ser una
dificultad añadida en determinadas condiciones.
¿Sabías que…?
Al margen de las presiones de los bancos, muchas veces conviene contratar este
tipo de seguros para conseguir rebajas en las condiciones del préstamo hipotecario
y para protegerse de cualquier imprevisto. En cualquier caso es muy importante
informarse sobre las condiciones del seguro para poder negociar y compararlas con
las ofertas de otros bancos.