jueves, 26 de septiembre de 2013

¿Cuándo se exige al avalista la responsabilidad de hacer frente a la deuda? ¿El avalista puede quedarse con la propiedad?


¿Cuándo se exige al avalista la responsabilidad de hacer frente a la deuda? 

A los tres meses de que alguien deje de pagar las cuotas de la deuda, se notifica al Banco de España el impago, y también se notifica al avalista. Antes de llegar a esta situación, lo óptimo sería que se pudiera hablar con el banco para encontrar alguna otra alternativa. Es importante la buena relación con el banco para poder llegar a un acuerdo sin necesidad de problemas. 

¿El avalista puede quedarse con la propiedad?

Si el avalista es capaz de demostrar ante notario el pago de las cuotas correspondientes a la hipoteca, podría iniciar la reclamación por vía judicial de la propiedad del mismo. Para ello, es importante, que cuando realice el ingreso, por cuenta del titular, indique claramente en el mismo, que es el avalista el que está haciendo el ingreso para el pago. Por otro lado, es importante recordar que si las condiciones de la persona que ha pedido la hipoteca mejoran y ya no es necesaria la figura del avalista, se puede hacer un documento ante notario para que el avalista deje de ser el responsable.

¡Recomendación! 

Ser avalista de alguien es una responsabilidad muy grande y debe de ser meditada antes de hacer un compromiso de esta importancia. Se debe de tener en cuenta que un avalista deberá saldar toda la deuda del interesado en caso de ser necesario, y si llegara a darse el caso de que tampoco el avalista tenga los recursos necesarios para pagar, el banco puede llegar a proceder al embargo de los bienes del avalista hasta satisfacer la totalidad de la deuda.